ACUERDOS DE APOYO Y DIRECTIVAS ANTICIPADAS


¿Qué es un acuerdo de apoyo?

El acuerdo de apoyo es el mecanismo mediante el cual una persona con discapacidad mayor de edad formaliza la designación de una o varias personas —naturales o jurídicas— que le asistirán en la toma de decisiones para la celebración de actos jurídicos determinados (por ejemplo, la venta de un inmueble, la firma de un contrato de arrendamiento, un trámite bancario, etc.).

 

No se trata de sustituir la voluntad de la persona con discapacidad, sino de acompañarla: quien firma el acto jurídico sigue siendo ella, con el respaldo de su apoyo o apoyos.

¿Quién puede solicitarlo y dónde?

La solicitud puede presentarla:

  • La propia persona titular del acto, o
  • Quien eventualmente actuaría como persona de apoyo.

Puede radicarse de forma verbal o escrita, presencial o remota, ante cualquier Centro de Conciliación (público o privado) o ante Notaría. Un tercero puede iniciar la solicitud, pero el trámite jamás avanza sin el consentimiento y la participación directa de la persona con discapacidad.

Duración, modificación y terminación

  • Duración máxima: 5 años, aunque las partes pueden pactar un plazo menor. Vencido el término, debe formalizarse un nuevo acuerdo si se quiere continuar con el apoyo.
  • Modificación: puede hacerse en cualquier momento, de mutuo acuerdo, por la misma vía en que se formalizó.
  • Terminación: puede solicitarla el titular en cualquier momento; también puede terminarlo la persona de apoyo, comunicando su decisión al titular por el medio pactado en el acuerdo. El acuerdo también termina por muerte de cualquiera de las partes.
Two businessmen handshaking in office after signing contract

¿Qué Qué son las Directiva Anticipadas?

Son un mecanismo legal mediante el cual una persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, expresa de forma anticipada su voluntad y sus preferencias sobre decisiones concretas relacionadas con su vida, sus bienes o actos jurídicos futuros, para el evento en que llegue a encontrarse en una situación que le impida expresarlas por sí misma.

¿Qué se puede resolver o establecer mediante Directivas Anticipadas?

  • Designaciones de apoyo: Quién o quiénes deseas que te asistan en la toma de decisiones (financieras, patrimoniales, médicas, etc.) si llegaras a necesitarlo.  
  • Instrucciones específicas: Cómo quieres que se administren tus bienes, qué decisiones prefieres evitar y cuáles son tus valores o directrices vitales.
  • Límites del apoyo: Qué facultades tendrá exactamente la persona designada y cuáles actos jurídicos quedan excluidos.
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