El Acuerdo de Apoyos es un trámite de carácter voluntario y consensual que se realiza directamente de mutuo acuerdo ante un Centro de Conciliación o Notaría. La Adjudicación Judicial, en cambio, se tramita ante un Juez de Familia, ya sea porque se necesita la intervención del aparato judicial para definir los apoyos o porque un tercero lo promueve bajo estrictas causales de ley ante la imposibilidad absoluta de manifestación de voluntad del titular.